El Gobierno nacional reglamentó el procedimiento mediante el cual los extranjeros que no tengan residencia permanente en la Argentina deberán pagar por la atención médica que reciban en hospitales administrados por el Estado nacional.
La medida quedó formalizada mediante la Resolución 1066/2026 del Ministerio de Salud, publicada este martes 11 de agosto en el Boletín Oficial, y reglamenta las modificaciones realizadas a la Ley de Migraciones por el Decreto 366/2025.
La normativa establece quiénes deberán abonar las prestaciones, cómo se realizará el cobro, qué hospitales estarán alcanzados y cuáles serán las excepciones. Las emergencias médicas continuarán siendo atendidas independientemente de la situación migratoria o económica del paciente.
Qué extranjeros deberán pagar la atención médica 💳
El nuevo procedimiento alcanza a los extranjeros que no tengan residencia permanente en la Argentina.
Para estos pacientes se establecen dos mecanismos diferentes dependiendo de si cuentan o no con cobertura sanitaria.
Quienes tengan un seguro de salud válido serán atendidos y el hospital deberá confeccionar un legajo, comunicar la prestación a la aseguradora dentro de las 24 horas y posteriormente emitir la factura electrónica para recuperar el costo.
En cambio, cuando el extranjero no residente no disponga de seguro médico, el establecimiento deberá elaborar un presupuesto y cobrar la prestación antes de realizarla, siempre que no se trate de una emergencia.
Qué pasa con los extranjeros con residencia permanente 🪪
Los extranjeros que cuenten con residencia permanente podrán continuar utilizando los hospitales nacionales en las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos.
Para demostrar esa situación deberán presentar el DNI para extranjeros vigente en el que figure la categoría de “residente permanente”.
Cuando el documento esté en proceso de renovación o haya sido extraviado, podrá utilizarse temporalmente la Constancia de Residencia Permanente en Trámite emitida por la Dirección Nacional de Migraciones mediante Radex, acompañada del pasaporte vigente o del documento de identidad del país de origen.
En qué hospitales comenzará a aplicarse 🏥
La reglamentación no alcanza automáticamente a todos los hospitales públicos de la Argentina, ya que regula específicamente los establecimientos administrados por el Estado nacional.
Entre los centros sanitarios incluidos se encuentran:
- Hospital Nacional Profesor Alejandro Posadas, en El Palomar.
- Hospital Nacional Baldomero Sommer, en General Rodríguez.
- Hospital Nacional Ramón Carrillo, en la provincia de Buenos Aires.
- Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur, en Mar del Plata.
- Hospital Nacional en Red Especializado en Salud Mental y Adicciones Lic. Laura Bonaparte, en la Ciudad de Buenos Aires.
El objetivo declarado por el Ministerio de Salud es establecer un criterio uniforme para los hospitales nacionales y recuperar los costos de las prestaciones brindadas a personas sin residencia permanente.
Las emergencias médicas seguirán siendo gratuitas 🚑
La principal excepción contemplada por el nuevo régimen corresponde a las emergencias médicas.
En esas situaciones, ningún hospital alcanzado por la normativa podrá negar, restringir o demorar la asistencia por cuestiones administrativas, migratorias o por falta de capacidad de pago.
Se considerará emergencia cualquier cuadro que represente un riesgo cierto e inminente para la vida, un órgano o una función del paciente, o que requiera intervención inmediata para evitar consecuencias graves o irreversibles.
Qué situaciones serán consideradas emergencias ⚠️
La reglamentación incluye, entre otros casos, paros cardiorrespiratorios, insuficiencias respiratorias graves, distintos tipos de shock, infartos, accidentes cerebrovasculares, traumatismos graves, hemorragias masivas, quemaduras severas, sepsis e intoxicaciones.
También estarán contempladas las emergencias obstétricas, como partos inminentes, hemorragias, embarazos ectópicos complicados, eclampsia o preeclampsia grave, así como las urgencias pediátricas y neonatales con compromiso respiratorio, circulatorio o neurológico.
La enumeración no es cerrada: el profesional médico responsable tendrá la facultad de determinar si una situación representa una emergencia, incluso cuando el cuadro específico no aparezca expresamente mencionado en la resolución.
De esta manera, el Gobierno pone en marcha el mecanismo nacional de cobro de prestaciones sanitarias a extranjeros sin residencia permanente, aunque mantiene garantizada la asistencia inmediata frente a situaciones que impliquen un riesgo para la vida o la salud del paciente.





