viernes, 31 octubre, 2025

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El Gobierno dio a conocer este martes el decreto que reglamenta la ley que modificó el Impuesto a las Ganancias, 47 días después de su sanción el 8 de abril, pero aún habrá que esperar las resoluciones correspondientes de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para instrumentar la aplicación de la norma, en especial el reintegro de a aquellos empleados en relación de dependencia con salarios inferiores a $150.000 mensuales.

La reglamentación quedó plasmada en el decreto 336/21, suscripto por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Economía, Martín Guzmán.

Fernández había firmado el decreto 249/21 de promulgación de la ley el 20 de abril en un acto llevado a cabo en el Museo del Bicentenario.

Pese a que la ley había sido impulsada por el Gobierno y en particular por el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, la demora en la reglamentación había generado dudas sobre el interés en su pronta aplicación, ya que si se hubiera reglamentado inmediatamente después de su sanción, los reintegros ya se habrían concretado.

Sin embargo -y a la espera de la batería de medidas de la AFIP- quienes son beneficiarios de los reintegros deberán esperar por lo menos hasta julio y, además, recibirán el monto hasta en cinco cuotas, tal como confirmó el jueves pasado el propio Fernández.

Los reintegros deben aplicarse porque el impuesto a las Ganancias es de liquidación anual, más allá de los anticipos mensuales, y en consecuencia los cálculos deben tener en cuenta los ingresos desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre.

La nueva ley de Ganancias fija un piso de $150.000 de salario bruto mensual y se estima que cerca de 1.267.000 trabajadores en relación de dependencia dejarán de pagar el tributo, así como los jubilados que ganan menos del equivalente a 8 jubilaciones mínimas ($164.568 hasta mayo $184.645 a partir de junio).

Fuente: Agencia Noticias Argentinas