lunes, 20 abril, 2026

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El Gobierno fijó oficialmente el incremento del 8% en las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el personal doméstico, que deberá abonarse entre noviembre y diciembre próximos.

El ajuste se hará efectivo en dos cuotas: una de 6% a partir del 1° de noviembre y otra de 2% «no acumulativa» para diciembre de 2021, según la Resolución 4/2021, de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.

Las remuneraciones a partir del 1° de noviembre son:

Categoría 1: Supervisor/a, quien realiza la coordinación y control de las tareas que realizan personas que están a su cargo.

  • Hora con retiro: $293.
  • Hora sin retiro: $321.
  • Mensual con retiro: $36.586.
  • Mensual sin retiro: $40.752,50.

Categoría 2: Empleada doméstica / Personal para tareas específicas: aquellas personas que fueron contratadas para realizar tareas puntuales, por las cuales se debe tener el conocimiento adecuado para llevarlas a cabo.

  • Hora con retiro: $277,5.
  • Hora sin retiro: $304.
  • Mensual con retiro: $33.990,50.
  • Mensual sin retiro: $37.837.

Categoría 3: Empleada doméstica / caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.

  • Hora: $261,5.
  • Mensual: $33.163.

Categoría 4: Asistencia y cuidado de personas. Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.

  • Hora con retiro: $261,5.
  • Hora sin retiro: $292,50.
  • Mensual con retiro: $33.163.
  • Mensual sin retiro: $36.957.

Categoría 5: Personal para tareas generales. Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.

  • Hora con retiro: $2243.
  • Hora sin retiro: $261,5.
  • Mensual con retiro: $29.823.
  • Mensual sin retiro: $33.163.