El Gobierno fijó oficialmente el incremento del 8% en las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el personal doméstico, que deberá abonarse entre noviembre y diciembre próximos.
El ajuste se hará efectivo en dos cuotas: una de 6% a partir del 1° de noviembre y otra de 2% «no acumulativa» para diciembre de 2021, según la Resolución 4/2021, de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.
Las remuneraciones a partir del 1° de noviembre son:
Categoría 1: Supervisor/a, quien realiza la coordinación y control de las tareas que realizan personas que están a su cargo.
- Hora con retiro: $293.
- Hora sin retiro: $321.
- Mensual con retiro: $36.586.
- Mensual sin retiro: $40.752,50.
Categoría 2: Empleada doméstica / Personal para tareas específicas: aquellas personas que fueron contratadas para realizar tareas puntuales, por las cuales se debe tener el conocimiento adecuado para llevarlas a cabo.
- Hora con retiro: $277,5.
- Hora sin retiro: $304.
- Mensual con retiro: $33.990,50.
- Mensual sin retiro: $37.837.
Categoría 3: Empleada doméstica / caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.
- Hora: $261,5.
- Mensual: $33.163.
Categoría 4: Asistencia y cuidado de personas. Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.
- Hora con retiro: $261,5.
- Hora sin retiro: $292,50.
- Mensual con retiro: $33.163.
- Mensual sin retiro: $36.957.
Categoría 5: Personal para tareas generales. Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.
- Hora con retiro: $2243.
- Hora sin retiro: $261,5.
- Mensual con retiro: $29.823.
- Mensual sin retiro: $33.163.






