domingo, 24 mayo, 2026

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El Poder Ejecutivo reglamentó la Ley 27.636 de Promoción al Empleo para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero -sancionada en junio pasado por el Congreso Nacional- a través de un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial.

La norma fue aprobada el 24 de junio pasado por el Poder Legislativo y promulgada a principios de julio por el Poder Ejecutivo. Establece que los tres poderes del Estado Nacional, los ministerios públicos, los organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales y las empresas y sociedades del Estado deben ocupar en una proporción no inferior al 1 por ciento de la totalidad de su personal, puestos de trabajo con personas travestis, transexuales y transgénero, en todas las modalidades de contratación regular vigentes.

La reglamentación de la norma publicada hoy en el Boletín Oficial determina que, en caso de «un empate de ofertas», se dará «prioridad en las contrataciones del Estado» a aquellas empresas que «en su planta laboral posea a personas travestis, transexuales y transgénero».