El jurista Manuel José García Mansilla salió al cruce de las impugnaciones contra su nombramiento en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, realizado por decreto en comisión por el presidente Javier Milei, y sostuvo que ya se encuentra ejerciendo como juez del máximo tribunal, con plenas garantías constitucionales.
? En un escrito de 51 páginas presentado ante el juez federal Alejo Ramos Padilla, quien tramita una causa para impugnar su nombramiento y el del juez Ariel Lijo, García Mansilla argumentó que su remoción solo podría darse mediante juicio político, tal como lo establece el artículo 110 de la Constitución Nacional.
? “Ya soy juez de la Corte Suprema”
«Toda vez que el nombramiento en comisión previsto en el Decreto 137/25 se hizo efectivo luego de haber prestado yo juramento, ya soy juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación«, afirmó con contundencia.
Además, aclaró que el nombramiento se ajustó al artículo 99, inciso 19, que faculta al Presidente a realizar designaciones en comisión cuando el Senado está en receso, como ocurrió con la vacante dejada por Juan Carlos Maqueda.
?⚖️ García Mansilla también señaló que su juramento fue tomado por los jueces Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti, por lo cual consideró que cualquier intento de frenar su designación “atenta contra el orden público constitucional”.
❌ Rechazo a la causa judicial
El magistrado solicitó el rechazo inmediato del amparo, alegando:
- Falta de jurisdicción del juez Ramos Padilla.
- Falta de legitimidad de los actores que impulsan la impugnación.
- Ausencia de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta en su designación.
? “Desde el 27 de febrero de 2025 ejerzo funciones judiciales en la Corte, conforme a la Constitución. No pueden removerme por fuera del mecanismo constitucional de juicio político”, remarcó.
⚖️ ¿En riesgo el funcionamiento de la Corte?
García Mansilla advirtió que permitir la continuidad del proceso judicial en su contra “comprometería el normal funcionamiento de la Corte Suprema” y podría violar el orden institucional del país.
? También recordó que el decreto en comisión es una herramienta constitucional en casos de necesidad y urgencia cuando el Senado está en receso, y que su remoción por otra vía sería inconstitucional.
?️ La polémica por las designaciones en la Corte continúa sumando capítulos y promete seguir en el centro del debate institucional y político argentino.






