El Gobierno determinó que los empleadores podrán pedir el regreso al trabajo presencial a aquellos empleados que hayan recibido «al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas» destinadas a generar inmunidad contra el coronavirus.
La decisión tomada por el Ministerio de Salud y la cartera de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, se formalizó mediante la Resolución Conjunta 4/2021 y fue publicada hoy en el Boletín Oficial.
«Los empleadores y las empleadoras podrán convocar al retorno a la actividad laboral presencial a los trabajadores y las trabajadoras (…) que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el Covid-19 autorizadas para su uso en la República Argentina», dice el documento oficial.
El texto aclara que quienes cumplan con esta condición, deberán volver a sus puestos (en caso de que se solicite) «independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos 14 días de la inoculación».
«Los trabajadores y las trabajadoras convocados deberán presentar constancia fehaciente de vacunación correspondiente o manifestar, con carácter de declaración jurada, los motivos por los cuales no pudieron acceder a la vacunación», subrayan.
A la vez, indican que aquellos trabajadores «que tengan la posibilidad de acceder a la vacunación y opten por no vacunarse, deberán actuar de buena fe y llevar a cabo todo lo que esté a su alcance para paliar los perjuicios que su decisión pudieren originar a los empleadores o empleadoras».






